Funciones AMPA
Real Decreto 1533/1986, con fecha 11 de Julio
- Asistir y ayudar a todos aquellos padres, madres o tutores que lo requieran, en cualquier asunto que concierna a la educación y a los derechos y deberes de sus hijos, hijas o pupilos.
- Colaborar en las diferentes actividades educativas de los centros escolares. Realizar actividades que consoliden el Proyecto Educativo del Centro.
- Potenciar y desarrollar acciones formativas que promuevan la participación de las familias en el centro escolar y en los órganos de gobierno.
- Promocionar y promover la participación activa de los padres y madres de los estudiantes en lo que respecta a la gestión del centro.
- Tratar y apoyar adecuadamente a aquellas familias que tengan necesidades pedagógicas específicas o de carácter social.
- Asistir y ayudar a los padres y madres de alumnos que quieran ejercer sus derechos de intervención respecto a la gestión y el control de los centros que se sostienen con fondos públicos.
RD 1533/1986. Disposiciones adicionales en las funciones del ampa
- Promover y promocionar la calidad en la educación impartida.
- Poner todos los mecanismos necesarios para facilitar la participación y la representación
de los padres y madres de alumnos que quieran participar en los
Consejos Escolares de centros concertados o públicos, y cualquier otro
órgano colegiado.
- Trabajar junto al profesorado del centro para asegurar el buen funcionamiento del mismo.
- Implantar mecanismos que fomenten una convivencia de calidad dentro del centro.
- Seguir cualquier otra indicación normativa que venga reflejada en los estatutos de la asociación.
PRESIDENTA
- Representación y responsabilidad legal de la asociación.
- Convoca y levanta sesiones que quieran celebrar tanto la Asamblea General,
la Junta Directiva o las Comisiones pertinentes.
- Es responsable de dirigir los debates, polémicas y deliberaciones que lleve a cabo la Junta Directiva y la Asamblea General.
- Llega a acuerdos con entidades, empresas y colaboradores que beneficien a la ampa.
- Ordena y autoriza los pagos.
- Firma las solicitudes de subvención que haga la asociación.
- Coordina y dinamiza al grupo de personas que conforman la asociación.
- Se asegura de que exista una democracia participativa.
- Valida las actas de las sesiones.
SECRETARÍA
- Gestiona las solicitudes de ingreso y se hace cargo del libro y el fichero de registro de los socios.
- Redacta y custodia el libro de actas.
- Prepara las actas de las Juntas Directivas y de las Asambleas Generales.
- Se encarga de gestionar la correspondencia que recibe la asociación.
- Custodia, recopila y organiza toda la documentación de la ampa.
- Redacta y organiza la memoria anual de la asociación.
- Trabaja mano a mano con el presidente.
- Levanta actas de las sesiones
- Cuando la persona encargada de la tesorería no está disponible de forma temporal, la secretaria la sustituye.
TESORERÍA
- Se encarga de gestionar los pagos y los ingresos que lleva la asociación.
- Realiza el presupuesto de todo el año, incluyendo los ingresos, gastos y, si es posible, las previsiones económicas.
- Es una figura clave en la planificación de los recursos disponibles, incluidos los económicos.
- Busca fórmulas con las cuales obtener mayores ingresos.
- Ayuda al Presidente en la toma de medidas para ahorrar gastos.
- Sustituye al secretario en los casos en que éste se encuentre indispuesto, siempre y cuando no exista la figura del vicesecretario.
- Presenta las cifras y el estado de las Cuentas Anuales (Se presentan una vez ha finalizado el año), y se llevan a la Asamblea General para su posterior aprobación.
VOCALES Y COLABORADORES.
- Colaboran con la Junta Directiva en la gestión general de la asociación.
- Reemplazan a la Junta Directiva siempre que sea necesario.
- Se distribuyen responsabilidades creando Comisiones de Trabajo
sobre diferentes temáticas vitales para la educación y el bienestar de
los alumnos, a los cuales la Junta Directiva no puede llegar por sí
sola.
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