Funciones AMPA

Real Decreto 1533/1986, con fecha 11 de Julio
  • Asistir y ayudar a todos aquellos padres, madres o tutores que lo requieran, en cualquier asunto que concierna a la educación y a los derechos y deberes de sus hijos, hijas o pupilos.
  • Colaborar en las diferentes actividades educativas de los centros escolares. Realizar actividades que consoliden el Proyecto Educativo del Centro.
  • Potenciar y desarrollar acciones formativas que promuevan la participación de las familias en el centro escolar y en los órganos de gobierno.
  • Promocionar y promover la participación activa de los padres y madres de los estudiantes en lo que respecta a la gestión del centro.
  • Tratar y apoyar adecuadamente a aquellas familias que tengan necesidades pedagógicas específicas o de carácter social.
  • Asistir y ayudar a los padres y madres de alumnos que quieran ejercer sus derechos de intervención respecto a la gestión y el control de los centros que se sostienen con fondos públicos.

RD 1533/1986. Disposiciones adicionales en las funciones del ampa

  • Promover y promocionar la calidad en la educación impartida.
  • Poner todos los mecanismos necesarios para facilitar la participación y la representación de los padres y madres de alumnos que quieran participar en los Consejos Escolares de centros concertados o públicos, y cualquier otro órgano colegiado.
  • Trabajar junto al profesorado del centro para asegurar el buen funcionamiento del mismo.
  • Implantar mecanismos que fomenten una convivencia de calidad dentro del centro.
  • Seguir cualquier otra indicación normativa que venga reflejada en los estatutos de la asociación.
 PRESIDENTA
  • Representación y responsabilidad legal de la asociación.
  • Convoca y levanta sesiones que quieran celebrar tanto la Asamblea General, la Junta Directiva o las Comisiones pertinentes.
  • Es responsable de dirigir los debates, polémicas y deliberaciones que lleve a cabo la Junta Directiva y la Asamblea General.
  • Llega a acuerdos con entidades, empresas y colaboradores que beneficien a la ampa.
  • Ordena y autoriza los pagos.
  • Firma las solicitudes de subvención que haga la asociación.
  • Coordina y dinamiza al grupo de personas que conforman la asociación.
  • Se asegura de que exista una democracia participativa.
  • Valida las actas de las sesiones.

SECRETARÍA

  • Gestiona las solicitudes de ingreso y se hace cargo del libro y el fichero de registro de los socios.
  • Redacta y custodia el libro de actas.
  • Prepara las actas de las Juntas Directivas y de las Asambleas Generales.
  • Se encarga de gestionar la correspondencia que recibe la asociación.
  • Custodia, recopila y organiza toda la documentación de la ampa.
  • Redacta y organiza la memoria anual de la asociación.
  • Trabaja mano a mano con el presidente.
  • Levanta actas de las sesiones
  • Cuando la persona encargada de la tesorería no está disponible de forma temporal, la secretaria la sustituye.

TESORERÍA

  • Se encarga de gestionar los pagos y los ingresos que lleva la asociación.
  • Realiza el presupuesto de todo el año, incluyendo los ingresos, gastos y, si es posible, las previsiones económicas.
  • Es una figura clave en la planificación de los recursos disponibles, incluidos los económicos.
  • Busca fórmulas con las cuales obtener mayores ingresos.
  • Ayuda al Presidente en la toma de medidas para ahorrar gastos.
  • Sustituye al secretario en los casos en que éste se encuentre indispuesto, siempre y cuando no exista la figura del vicesecretario.
  • Presenta las cifras y el estado de las Cuentas Anuales (Se presentan una vez ha finalizado el año), y se llevan a la Asamblea General para su posterior aprobación.

VOCALES Y COLABORADORES.

  • Colaboran con la Junta Directiva en la gestión general de la asociación.
  • Reemplazan a la Junta Directiva siempre que sea necesario.
  • Se distribuyen responsabilidades creando Comisiones de Trabajo sobre diferentes temáticas vitales para la educación y el bienestar de los alumnos, a los cuales la Junta Directiva no puede llegar por sí sola.


 

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.